lunes, 14 de marzo de 2011

Vivienda higiénica y cómoda para los trabajadores.

Vivienda higiénica y cómoda para los trabajadores. by Equipo 8 551
Vivienda higiénica y cómoda para los trabajadores. a photo by Equipo 8 551 on Flickr.
Ángel Corro Aguilar. Vivienda higiénica y cómoda par los trabajadores. Tlalnepantla de Baz, Edo. Mex. 11 marzo de 2011. última actualización 11 de marzo de 2011. Disponible en galaría de flickr http://www.flickr.com/photos/60480887@N05/with/5517321557/
La salud es un derecho que se otorga a todo ciudadano mexicano, esto está garantizado por las leyes federales, que gracias a los articulos 120 y 121 hacen valido en cada uno de los estados que conforman la federación mexicana y por el 122 en el Distrito Federal la disposción constitucional.

Articulo 123: La previsión social

Se aborda la seguridad en el trabajo, estableciendo que este debe ser digno y seguro, nunca exceder ocho horas de día y siete horas de noche, para evitar accidentes prohibe el empleo de menores de 16 años en la industia en horario nocturno y el trabajo de personas de menos de 14 años de edad, protegiendo así la salud de los menores. Vela también por la salud emocional del trabajador otorgandole un día de descanso por cada seis laborados. Está prohibida la venta de bebidas embriagantes en centros de trabajo.

Protege a las mujeres embarazadas prohibiendo que estas lleven a cabo trabajos que pongan en riesgo su salud o la de su hijo y además les permite ausentarse durante las seis semanas subsecuentes al parto gozando de su sueldo y les protege de un despido injustificado; Pueden disponer de dos días de descanzo durante el periodo de lactancia.



Este articulo se ocupa del salario minimo, considerando que de los ingresos que se perciben dependerá la calidad de vida que el trabajador y su familia podrán costearse. Establece que el salario mínimo deberá ser suficiente para obtener una vida decorosa. No dependerá de la nacionalidad, sexo o condición racial la asignación de salario.

La vivienda decorosa e higiénica es un derecho de todos los trabajadores, por ello los patrones deben hacer cumplir, por obligatoriedad este derecho,aportando a un fondo nacional de vivienda(Infonavit o Fovisste, entre otros) que ayude a la adquisición de una vivienda con estás caracterizticas a través de un crédito barato y funcional. Las autoridades federales tiene la obligación de hacer un uso correcto de estos recursos(apoyado también por el articulo 133 y 134). El lugar de habitación de los trabajadores debe contar con equipamiento como escuelas o servicios de enfermeria y si excede los 200 habitantes satisfacer todas las necesidades de equipamiento urbano como mercados o areas verdes.

En caso de accidente la empresa debe hacerse responsable de los daños generados en el ejercicio de la actividad laboral, indemnizando según sea el daño, ya bien sea muerte, incapacidad permanente o temporal. Es obligación del patrón verificar que en el lugar de trabajo existan condiciones higiénicas y seguras, esto con el fin de prevenir catastrofes.

Ángel Corro

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